REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 04 de Febrero de 2004
193º y 144º

ACTUACION NRO. 3M641-03

JUEZ: JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ.

SECRETARIA: CAROLINA VENTO GARCIA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

FISCAL: Dr. DAMIANO DÁNGELO BUSCCAFUSCHI Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques.

VICTIMA: RODRIGUEZ DOS SANTOS FRANCISCO.

ACUSADOS: DOMINGUEZ SILVA WILLIAM ERNESTO, de nacionalidad venezolana, de 23 años de edad, profesión u oficio: electricista, estado civil soltero, residenciado en la Calle Las Colinas, casa s/n, Lagunetica, Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.511.497; y PRIMERA CARTAYA JOSE, de nacionalidad venezolana, de 34 años de edad, de profesión u oficio: obrero, estado civil soltero, residenciado en Antimano, Alto de la Iglesia, calle El Naranjal, casa s/n, Caracas, Distrito Capital Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.530.027.

DEFENSA: Dra. EUCARIS FLORIDO, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques.


Siendo la oportunidad legal correspondiente a los fines que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Constitución del Tribunal Mixto, en la presente causa seguida en contra de los acusados DOMINGUEZ SILVA WILLIAN ERNESTO Y PRIMERA CARTAYA ENLY JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la que habrá de resolverse sobre las Inhibiciones, recusaciones o impedimentos que pudieren presentar las partes y las Excusas de los Escabinos, este Tribunal observa:

Se procedió a verificar la presencia de las partes, constatándose que se encontraban presentes el Dr. DAMIANO DÁNGELO BUSCCAFUSHI, Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Miranda, la DRA. EUCARIS FLORIDO, en el carácter de Defensora Pública Penal, el acusado PRIMERA CARTAYA ENLY JOSE, la víctima RODRIGUEZ DOS SANTOS JHON ZACHARY, y el ESCABINO: SANTANA OCHOA JHON ZACHARY, no encontrándose presente el acusado DOMINGUEZ SILVA WILLIAN ERNESTO, en consecuencia visto que no hicieron acto de presencia todos los escabinos que fueron seleccionados en los Sorteos Nros. 00749 y 00748, ambos de fecha 28-11-2003, se procedió a verificar en las actas que conforman el presente expediente, a los fines de constatar si los funcionarios adscritos a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hicieron efectivas las Boletas de Citaciones, libradas por este Tribunal, y se constató de acuerdo a las actas levantadas por los mismos que:

1.- En cuanto al ciudadano PERALES SILVA EDWIN NATANIEL, no reside en la dirección aportada.-

2.- En cuanto la ciudadana RODRÍGUEZ DE ARNELAS MARINA, presento excusa ante el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

3.- En cuanto la ciudadana VILORIA SANCHEZ NANCY, no había nadie en la dirección suministrada.

4.- En cuanto la ciudadana GONZALEZ HAIDEE BERENICE, no había nadie en la dirección suministrada.
En tal sentido, se pude colegir que resulta imposible proceder a la Constitución del Tribunal Mixto, debido a que gran parte de los ciudadanos seleccionados, no han podido ser localizados, bien porque la dirección no corresponde o debido a que ya han cambiado de dirección de habitación.

Así las cosas, el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, establece la forma en que se integrará el Tribunal Mixto, disponiendo:

“…El tribunal mixto se compondrá de un Juez profesional, quien actuará como Juez Presidente, y de dos escabinos. Si por la naturaleza o complejidad del caso, se estima que el juicio se prolongará extraordinariamente, se designará junto con los titulares a un suplente, siguiendo el orden de la lista y aplicando las reglas previstas para el titular.
El suplente asistirá al juicio desde su inicio…”. (Negrillas y subrayados del tribunal)

De igual forma el artículo 164 ejusdem, dispone:

“…Constitución del tribunal. Dentro de los tres días siguientes a las notificaciones hechas a los ciudadanos que actuarán como escabinos, el presiente del tribunal fijará una audiencia pública para que concurran los escabinos y las partes, se resuelva sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal mixto.
Realizadas efectivamente cinco convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos, el acusado podrá ser juzgado, según su elección, por el Juez profesional que hubiere presidido el tribunal mixto…” (Subrayado y Negrillas subrayados del tribunal)

Las normas anteriormente transcritas, establecen como deberá estar conformado el Tribunal Mixto, para constituirlo definitivamente, disponiendo que realizada la audiencia pública de constitución, y resueltas las inhibiciones, recusaciones, impedimentos y excusas que pudieran presentarse, el Tribunal Mixto deberá estar integrado por un Juez Profesional, quien actuará como Juez Presidente y dos escabinos, adicionándole un suplente cuando por la naturaleza o complejidad del caso se amerite.

Sin embargo, visto que los Alguaciles adscritos a este Circuito, no han podido hacer efectivas las Boletas de Citaciones, enviadas a los ciudadanos seleccionados, no siendo posible ni integrar el Tribunal con la lista original y ni constituir definitivamente el Tribunal Mixto, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques ACUERDA REALIZAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra de los acusados DOMINGUEZ SILVA WILLIAN ERNESTO Y PRIMERA CARTAYA ENLY JOSE, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 460 y 278 ambos del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día Jueves cinco (05) de Febrero del año en curso, a las ocho y media horas de la mañana (08:30 a.m.). Por cuanto quedaron notificadas las partes del sorteo fijado mediante el acta que antecede, y Boleta de Citación al acusado ausente, y se acuerda librar oficio a la Oficina de Participación Ciudadana. Y ASI SE DECLARA. -

PARTE DISPOSITIVA

Por todo los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA REALIZAR UN SORTEO EXTRAORDINARIO, en la presente causa seguida en contra de los acusados DOMINGUEZ SILVA WILLIAM ERNESTO, de nacionalidad venezolana, de 23 años de edad, profesión u oficio: electricista, estado civil soltero, residenciado en la Calle Las Colinas, casa s/n, Lagunetica, Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.511.497; y PRIMERA CARTAYA JOSE, de nacionalidad venezolana, de 34 años de edad, de profesión u oficio: obrero, estado civil soltero, residenciado en Antimano, Alto de la Iglesia, calle El Naranjal, casa s/n, Caracas, Distrito Capital Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.530.027, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 460 y 278 ambos del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día Jueves cinco (05) de Febrero del año en curso, a las ocho y media horas de la mañana (08:30 a.m.). por cuanto no fue posible integrar el Tribunal con la lista original, ni constituir definitivamente el Tribunal Mixto.

Publíquese, regístrese y déjese constancia en el Libro Diario del presente pronunciamiento.
LA JUEZ,

DRA. JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA,

CAROLINA VENTO GARCIA.

En la misma fecha conforme a lo ordenado, se publicó y registró el anterior auto fundado.

LA SECRETARIA,

CAROLINA VENTO GARCIA

ACT. Nro. 3M641-02
JJTV/CVG/cf.*