REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 11 de Febrero del año 2004
193° y 144°
Por recibido del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, la actuación signada con el N° 1C-006-02-1C-049-02, seguida a el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en donde se encuentra definitivamente firme la sentencia dictada en su contra en fecha 16-10-2003, por la comisión del delito de Robo Agravado y Robo Genérico , previsto en el artículo 460 y 457 del Código Penal y sancionado a cumplir las medidas de Libertad Asistida y Servicio a la Comunidad, de conformidad con lo dispuesto en los literales “d” y “c” del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 626 y 625 ejusdem., ambas por un periodo de tiempo un (01) año y seis (06) meses la primera y de seis (6) meses la segunda. Désele entrada y anótese en el libro de causas correspondientes. Asimismo a los fines de proceder a la EJECUCION DE LA MEDIDA IMPUESTA, se acuerda la citación del citado adolescente para el día Lunes 23-02-04, a las 11:00 a.m., Librese Boleta de citación y notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ
JUAN PABLO BORREGALES DELGADO
LA SECRETARIA
VIANNEY COROMOTO BONILLA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
VIANNEY COROMOTO BONILLA
Actuación N° 1E-262/2004