REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, Febrero 16 de 2004
193° y 144°
Debidamente impuesto como ha quedado el joven adulto PROHIBIDA SU IDENTIFICACION , , en fecha 17-09-2002, al cumplimiento de las medidas sancionatorias de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 09-09-2002. y en virtud que este Tribunal en fecha 22-08-2003, ordeno la paralización del cómputo de cumplimiento de las medidas, este Juzgador recibido como ha sido el oficio No. 027-04 en fecha 12-02-2004 emanado del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, donde informan que el joven adulto PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, retomó el cumplimiento de la medidas el 10-10-2003, este Tribunal, observa:
Que el joven adulto PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, inició el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta, a partir del día 17-09-2003, donde en computo efectuado el 08-10-2003, dicha medida culminaría el 23-01-2004, así mismo ordenado como fue la paralización del computo por este Tribunal el 22-08-2003, y habiendo retomado el cumplimiento de la medida el 10-10-2003, dicha medida duró paralizada dos (2) meses y doce (12) dias , que sumados a la fecha de computo efectuado en fecha 08-10-2003, se observa que el nuevo computo de dichas medidas de Libertad Asistida y reglas de conducta, culminarán el día 05-04-2004.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas al sancionado, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrese Boleta de Citación a la joven PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, para el día miércoles 25-02-2003, a las 11:00 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público.
El Juez.
JUAN PABLO BORREGALES DELGADO
La Secretaria.,
Vianney Bonilla
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,
Vianney Bonilla
Act.1E-155/02