REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE.
TRIBUNAL DE EJECUCION

Guatire, 17 de febrero del año dos mil Cuatro (2.004).
193º y 144º

CAUSA N º 1 E 173-0

JOVEN: (Identidad Omitida)

FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.

DEFENSOR: DR. CIPRIANO CHIVICO.

VICTIMA: GONZALEZ LUIS DANIEL.

DELITO: HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL (Articulo 407 en concordancia con el Articulo 412 del Código Penal )
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado al joven (Identidad Omitida) , el cual en fecha 03 de Septiembre del año dos mil Dos (2002) le fue Impuesta La Medida de Libertad Asistida y el fecha 11 de Septiembre le fue sustituida la medida privativa de libertad por Imposición de Reglas de Conductas este Juzgado de ejecución de acuerdo a lo previsto en el artículo 620 literal B y D en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Ahora bien, trascurrido en su totalidad tiempo de cumplimiento de la medida de imposición de reglas de conductas arriba indicada y visto estudiado el informe evolutivo que riela a las presentes actuaciones se evidencia que el joven tiene disposición para asumir responsabilidades y adquirió conciencia problemática, por lo cual no existe motivo alguno para mantener la medida de libertad asistida ya que se logro el fin ultimo de la ley, a cuyo efecto observa este Juzgador:


Por cuanto ha transcurrido en su Totalidad el lapso para el cumplimiento de la medida impuesta en relación a la imposición de reglas de conducta que las medidas tienen un fin eminentemente educativo, que el adolescente a cumplido a cabalidad con su sanción, adquirió conciencia de problemática y se encuentra trabajando actualmente y estudiando en la misión Ribas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LAS MEDIDAS DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS y LIBERTAD ASISTIDA. ASÍ SE DECLARA.-

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guatire, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LAS IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y LIBERTAD ASISTIDA prevista en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al adolescente (Identidad Omitida), y en consecuencia se acuerda Su LIBERTAD PLENA . Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guatire, a los 17 días del mes de Febrero del año dos mil Cuatro (2.004). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ


LA SECRETARIA
DRA. YADIRA HENRIQUEZ


En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.




LA SECRETARIA
DRA. YADIRA HENRIQUEZ



Act. 1E173-02
RAUA/YH.