REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS.
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 26 de Febrero del año dos mil Cuatro (2004)
193º y 143º
CAUSA. N º 1E-189-03
JOVEN ADULTO: (Identidad Omitida)
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSA PUBLICA: DR. NESTOR PEREYRA.
VICTIMA. LA COLECTIVIDAD
Visto el Informe Evolutivo del Plan Individual, cursante a los folios Nº 165 al 166 del presente expediente, procede este Tribunal de Ejecución a la Revisión de las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA que en fecha 29 de Noviembre del año 2.004, impusiera el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal Sección Adolescentes del Estado Miranda con sede en Guarenas, al Joven Adulto (Identidad Omitida) de conformidad con lo previsto en el Literal “e” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se observa del mencionado Informe que el Joven Adulto en estudio en los actuales momentos se encuentra Cumpliendo la medida que le fue impuesta y los objetivos de su plan individual se han cumplido parcialmente , En El Área Educativa deserto del sistema escolar, asimismo en el área laboral se desempeña como ayudante de una compañía pesquera devengando un salario de Bs.50.000,oo semanales, el joven no ha tenido oportunidad de participar en los talleres y charlas que organiza el Centro, pero consigno constancia de haber realizado los cursos de Cerámica Artesanal, Uso adecuado del Tiempo Libre, adiestramiento básico de Natación entre otros. En conclusión el Joven Adulto (Identidad Omitida) es un joven de apariencia general aseada, viste acorde a su edad y sexo, el mismo denota ser un joven tranquilo, comunicativo, respetuoso acata normas y sugerencias por parte de la figura de autoridad, ESTA EN PROCESO DE ADQUIRIR CONCIENCIA DE PROBLEMÁTICA, Y SE ENCUENTRA CUMPLIENDO LA MEDIDA QUE LE FUE IMPUESTA.-
De todo lo anteriormente se evidencia que lo ajustado a este caso es mantener las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, a objeto que el adolescente logre alcanzar el máximo de madurez necesaria para lograr superar las dificultades que se le puedan presentar y de esta manera lograr reinsertarlo a la sociedad, siendo este el norte de nuestra Ley especial como lo es, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente; es por lo que este Juzgado de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA: No modificar ni sustituir las Medidas Impuestas al Joven Adulto (Identidad Omitida), a tenor de la atribución contenida en el literal “a” del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena. ASÍ SE DECIDE.-. Notifíquese a las partes.-
EL JUEZ DE EJECUCION,
DR. ROGER ABEL USECHE.
LA SECRETARIA,
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
Exp. Nº 1E189/03.
RAU/YHM.