REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUARENAS.
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guarenas, 27 de Febrero del año dos mil Cuatro (2.004).
193º y 144º
CAUSA N º 1 E185-02
JOVEN: (Identidad Omitida)
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PUBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSOR: DR. NESTOR PEREYRA, (Defensor Público).
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.
DELITO: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS (Art. 36 de La Ley Orgánica Sobre sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas).
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado al joven (Identidad Omitida) , el cual en fecha 25 de Octubre del año dos mil Dos (2002) fue sancionado con las medidas Socioeducativas de (02) años de imposición de reglas de conductas y seis meses de servicios a la comunidad de acuerdo a lo previsto en el artículo 620 literal “b” y “c “ en concordancia con el 624 y 625 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dicha . Ahora bien por cuanto ha transcurrido íntegramente el lapso de cumplimiento de la medida de servicio a la Comunidad, es obligación de este Tribunal decretar el Cese de dicha medida, a cuyo efecto observa este Juzgador:
Por cuanto ha transcurrido en su totalidad el lapso establecido para el cumplimiento de la medida impuesta, Que el Adolescente cumplió cabalmente con la medida , Que de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LA MEDIDA DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD. ASÍ SE DECLARA.-
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LA SERVICIOS A LA COMUNIDAD prevista en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al Joven (Identidad Omitida). Notifíquese a las partes . Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, a los (27) días del mes de febrero del año dos mil Cuatro (2.004). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
YADIRA HENRIQUEZ
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
YADIRA HENRIQUEZ
Act. 1E185-02