REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y de la Defensa Publica Penal en cuanto a la prosecución del hecho por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge a la precalificación Jurídica realizada por el Fiscal 16mo. del Ministerio Publico en lo que se refiere a la comisión del delito de en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, en sus artículos 46, 47, 49 y 56, asi mismo se concatena con el articulo 83 del Código Penal, por considerar este juzgados que las circunstancia de tipo y modo de los hechos están encuadrado en este tipo penal. TERCERO: Se le impone las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, previstas en el articulo 256 Ordinales 2°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Ordinal 2°: La presentación de Dos (02) Personas Responsables que cumplan con todos los requisitos establecidos en el articulo 258 del Texto Adjetivo, el Ordinal 3°: La presentación cada QUINCE (15) días por un lapso de SEIS (06) Meses ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y el Ordinal 4° La Prohibición de salir sin la autorización del país, de la localidad en la cual se ha fijado por el tribunal a los investigados ELMES BRELIO, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Agricultor, nacido el 09-05-83, Edad: 20 años, Natural de Santa Lucia – Estado Miranda y portador de la Cédula de Identidad N° V-18.129.919, Residenciado en: El Sector Los Guayabitos , Sector Siquire, Calle Principal, Parte Alta, Casa Sin Numero, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo. Estado Miranda, hijo de Santa Brelio (V) y Jesús Castillo (V); ECHENIQUE SIMPLICIO, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Agricultor, nacido el 02-03-52, Edad: 52 años, Natural de Santa Lucia – Estado Miranda y portador de la Cédula de Identidad N° V-6.045.845, Residenciado en: El Sector Los Guayabitos , Sector eL Atol de Araguita, Calle Principal, Parte Alta, Casa Sin Numero, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo. Estado Miranda, hijo de Juana Echenique (V) y Marco Sanabria (F) y GOMEZ BRACAMONTE ANGEL DIONISIO, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Agricultor, nacido el 17-09-72, Edad: 32 años, Natural de Santa Lucia – Estado Miranda y portador de la Cédula de Identidad N° V-14.326.399, Residenciado en: El Sector Los Guayabitos , Calle Principal, Parte Alta, Casa Sin Numero, Santa Lucia, Municipio Paz Castillo. Estado Miranda, hijo de Margarita Bracamonte (V) y Gómez Apolinar (V). CUARTO: Se indica como lugar de Reclusión La comisaría del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda de Santa Lucia por un lapso de OCHO (08) días y en caso de no cumplir serán remitido al Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Se cierra el acta siendo las 2:30 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO