REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano MELESIO RAMON DIAZ NARES, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en el terminal de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacido en fecha 02-12-57, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 5.070.191,de Padres: Díaz Cruz Miguel (v) Margarita Nares (f), la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinal 2° y 3 ° como es la presentación de Una (1) persona que se haga responsable de la conducta del imputado y la presentación cada Quince (15) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, por la presunta comisión del delito os delitos de lesiones personales y Resistencia a la Autoridad previtos y sancionado en los articulos 415 y 219 ambos del Código Penal en concondancia con el articulo 86 ejusdem, permanecera detenido en la sede en la Sede de la Policia del estado Miranda (IAPEM) región 2 hasta tanto de cumplimineto a la medida impuesta. Quedan notificadas las partes
.Se declara cerrada la audiencia.
El Juez
BENNY PALMERI
La Secretaria
Abg. yolexsi Urbina