REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
MODIFICA La medida antes señalada y en su lugar ACUERDA: la presentación de Dos (2) personas responsables, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal, 2) la presentación ante Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal Extensión Valles del Tuy cada (15) días. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Sobre la base de anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Control N5°, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la revisión Medida Menos Gravosa al investigado: RANDY RENE NOROÑO y en su lugar Acordó Mantener la Medida Cautelar de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquense a las partes. Líbrese el correspondiente Traslado para imponer al prenombrado investigado. CUMPLASE.-
JUEZ QUINTO DE CONTROL
DR .BENNY PALMERI BACCHI
EL SECRETARIO
ABG. VERONICA PETER