REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de julio de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana BELKIS MARITZA LEAL AVILA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-6.845.302, respecto de las bienhechurias construidas sobre una parcela de terreno municipal, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (208,94 M2) ubicado en la calle Cruz, Barrio Copacabana, casa No.6, jurisdicción del Municipio Plaza del Estado Miranda, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado IRIS MELY LAMEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.073. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.279
HJAS/fapa