REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 06 de julio de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por la abogada MARIA JOSE DE ABREU, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 33.281, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración las ciudadanas MARIA DE JESUS de DE ABREU y NIEVES MIGUEZ BASALO, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano VITO CRISTOFARO IOVANNA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.011.448, sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno de su propiedad, ubicado a la margen derecha de la carretera que conduce desde Carrizal a San Diego de Los Altos, en el sitio conocido con el nombre de la Morita o Santa Rosa, Municipio Cecilio Acosta, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, con una superficie aproximada de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON VEINTICINCO METROS CUADRADOS (853,25 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones los promoventes, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
HJAS/ibc/jenifer**
Exp. No. 40202