REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Ocumare del Tuy, Quince (15) de Julio del Dos Mil Cuatro (2004).-

194° y 145°


Vista la diligencia de fecha 28 de Junio de 2004, suscrita por la Abogada LUISA BASTIDAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.068, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadana JUANA CABRERA DE GRATEROL, en el presente juicio que por INTERDICTO DE OBRA NUEVA interpuso contra la Empresa AGROPECUARIA ROMEROCA, C.A, mediante la cual solicita le sea devuelto instrumento poder (en original) cursante a los folios 06 y 07, ambos inclusive, de la pieza principal del presente expediente. Este Tribunal en consecuencia ordena devolver dicho instrumento poder (en original) previa su certificación en autos, autorizándose al Abogado MANUEL GARCIA, en su carácter de Secretario Titular de este Tribunal, quien suscribe cada una de sus páginas de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el articulo 1º de la Ley de Sellos.- Cúmplase.- .


LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede por cuanto fueron consignados los fotostatos.



EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA.



AO/ldb
Exp Nº 096-04.-



Quien suscribe abogado MANUEL GARCIA Secretario Titular del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, quien suscribe, HACE CONSTAR: Que del folio seis (06) al siete(07), ambos inclusive, del presente expediente, cursó instrumento poder original, los cuales fueron desglosados del expediente para ser entregados a la parte interesada, los cuales fueron agregados en copia simple certificada. Ocumare del Tuy, quince (15) de julio de 2004.




EL SECRETARIO.
ABOG. MANUEL GARCIA.









MG/ldb.
EXP N° 096-04.