REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDASEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, veintidós (22) de Julio de dos mil cuatro (2004).-


194º y 145º


Por cuanto de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia que no fueron agregadas las pruebas de las partes en el orden el que fueron consignadas, este Tribunal, revoca por contrario imperio el auto de fecha 21-07-2004, se ordena librar nuevo auto, y ordena la corrección de la foliatura de conformidad con la norma contenida en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Corrijase foliatura.
CUMPLASE.



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO.
Abg. MANUEL GARCÍA.


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.



EL SECRETARIO.
Abg. MANUEL GARCÍA.



AO/eleana*
Exp.N°.067-04.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDASEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, veintidós (22) de Julio de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado: ANGEL MARTINEZ GRATEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.36.910, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora ASOCIACIÓN CIVIL PRODUCTIVA CINCO CINCO, de fecha 29-06-2004, constante de seis (06), folios útiles por el anverso y por el reverso, así como los recaudos constantes de cuatro (04) libretas de ahorro originales de Fondo Común Banco Universal, (cada una de ellas contiene seis (06) páginas en su interior), y en ciento cinco (105), folios útiles recaudos anexos, y vistos así mismo el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado CARLOS ALBERTO ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°44.180, en su carácter de Apoderado judicial de la parte demandada, INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO DE BARRIOS, de fecha 06-07-2004, constante de siete (07) folios útiles y ciento treinta y nueve (139) anexos. Este tribunal ordena agregar a los autos para que surtan sus efectos legales correspondientes.
CUMPLASE.


LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO.
Abg. MANUEL GARCÍA.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO.
Abg. MANUEL GARCÍA.


AO/eleana*
Exp.N°.067-04.