REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDASEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, veintiséis (26) de Julio del dos mil cuatro (2004)
194º y 145º
Por cuanto en fecha veintiuno de Julio de 2004, este Tribunal negó la admisión de la demanda interpuesta por la ciudadana ANA LUISA LOZADA DE OMAÑA, en su carácter de parte actora y Presidenta de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial “Parque Central Ocumare”, debidamente asistida por el Abogado GENARO VEGAS CLARO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.479, por COBRO DE BOLIVARES en contra de los ciudadanos CARMEN INES RUIZ MONTALVO y NOEL RAFAEL LABORIT OCANDO, en virtud de que el valor de la demanda asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 4.723.842,84), la cual es inferior a la cuantía por la cual es competente este Tribunal. En consecuencia se declina la competencia al Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare. Remítase con oficio.
LA JUEZ.,
Dra. AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
AO/ldb
Exp. Nro.219-04
REPUBLICA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE OCUMARE DEL TUY
Ocumare del Tuy, 26 de Julio de 2004
194° y 145°
OFICIO N° 2004-279
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de Doscientos Cinco (205) folios útiles, Expediente signado bajo el N° 219-04 (Nomenclatura de este Tribunal), contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES es seguido por la ciudadana ANA LUISA LOZADA DE OMAÑA contra los ciudadanos CARMEN INES RUIZ MONTALVO y NOEL RAFAEL LABORIT OCANDO, por cuanto en auto de esta misma fecha, este Tribunal declinó la competencia.
Remisión que hace a los fines consiguientes.-
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH
AO/ldb.
EXP. N° 219-04