TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veintinueve (29) de Julio del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana FRANCIA MARGARITA FLORES DE URDANETA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-6.887.629. Sobre una bienhechuria construida en un terreno propiedad de la solicitante, ubicada en Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del Estado Miranda, asignada con el N° 7 Vereda 44 del sector 02, Urbanización Las Dos Lagunas UD-420, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el Abogado CRAYS OCANDO HOYER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.696. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
AO/windy
Solicitud N° S-107
|