REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Seis (06) de Julio del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Por cuanto fueron consignadas las copias fotostáticas respectivas. Este Tribunal acuerda expedir copias certificadas de la sentencia dictada en fecha 28 de Junio de 2004, y asimismo se ordena librar los oficios respectivos a la Prefectura del Municipio Autónomo Tomas Lander y al Registrador Principal del Estado Miranda. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA
AOCH/ysabel
EXP N°061-04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE OCUMARE DEL TUY
Ocumare del Tuy, 06 de Julio de 2004.
194º y 145º
OFICIO No.________________
CIUDADANO:
PREFECTO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO TOMAS LANDER
DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de Junio de 2004, donde declaró la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ZULLY MAIDE, según expediente signado bajo el Nº 061-04 (Nomenclatura de este Tribunal).
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto que se sirva dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 506 del Código Civil.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI CH
AOCH/ysabel
EXP. N° 061-04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE OCUMARE DEL TUY
Ocumare del Tuy, 06 de Julio de 2004.
194º y 145º
OFICIO No. _________________
CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de Junio de 2004, donde declaró la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ZULLY MAIDE, según expediente signado bajo el Nº 061-04 (Nomenclatura de este Tribunal).
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto que se sirva dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 506 del Código Civil.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI CH
AOCH/ysabel
EXP. Nº 061-04.