REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, doce (12) de julio de dos mil cuatro (2004). 194º y 145º
Vista la anterior demanda de Intimación de Honorarios presentada por el Abogado ALFREDO R. JIMENEZ C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.696, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia se ordena la intimación del ciudadano FREDERICO BAPTISTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. Nº. 6.162.957 y de este domicilio; a fin de que dentro de los DIEZ (10) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de su intimación, comparezca por ante este Tribunal a pagar las cantidades intimadas en el libelo de la demanda, que suman la cifra de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,00), o ejerza el derecho de retasa conforme a la Ley de Abogados. Líbrese Boleta de Intimación y anéxesele copia certificada de la demanda y del presente auto. Certifíquense los fotostatos de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1 de la Ley de Sellos. En cuanto a la medida de de prohibición de enajenar y gravar solicitada, el Tribunal proveerá por auto separado.-Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
Faltan copias para proveer.
EL SECRETARIO,
VGJ/o
10.423