REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de julio de dos mil cuatro (2004).
194° y l45°
Vista la diligencia de fecha 08 de julio del año en curso, suscrita por la abogada BEATRIZ DELGADO SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 32.431, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte ACTORA, mediante la cual solicitó copia certificada de la aclaratoria dictada en la presente causa, el Tribunal en consecuencia, acuerda dicho pedimento y ordena expedir las copias certificadas solicitadas, certificación por secretaría de los fotostatos consignados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Expídanse copias certificadas. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP.N° 13758
Quien suscribe abogado RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son traslado fiel y exacto de sus originales que corrieron insertos en el presente expediente signado con el N° 13758 ante este Tribunal, con motivo de la solicitud de divorcio 185-A, seguido por los ciudadanos: CONTRERAS MARIA LUISA Y ENCINALES HERNÁNDEZ ABEL, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques doce (12) de julio de dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS MATA.
RM/yza
EXP N° 13758