REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de julio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°.-
Vista la diligencia de fecha 08 de julio de 2004, suscrita por la abogada NELIDA VILLORIA MONTENEGRO, en su carácter de Fiscal Undécimo el Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante la cual solicita se sirva exhortar a los solicitantes a consignar documentos que acrediten que la cónyuge, ANA MERCEDES PASULINO NUÑEZ, para el momento de contraer matrimonio portaba cédula de identidad N° E-81.735.707 y que actualmente ya se encuentra naturalizada y es portadora de la cédula de identidad N° 15.099.593, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia exhorta a los solicitantes a consignar documentos que acrediten que la cónyuge ANA MERCEDES PASULINO NUÑEZ, para el momento de contraer matrimonio portaba cédula de identidad N° E-81.735.707 y que actualmente ya se encuentra naturalizada y es portadora de la cédula de identidad N° 15.099.593
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N°14480