REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de julio de dos mil cuatro (2004).-

194° y l45°

Vista la anterior diligencia de fecha 12 de julio de 2004, suscrita por el abogado JOSE VICENTE RAUSEO BAYOLA, mediante el cual solicita sea librada comisión, o los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y ordena librar comisión al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que el Secretario de ese Despacho se sirva fijar en la morada, oficina o negocio de la demandada ciudadana: SOLANGE ECHENAGUCIA, para así dar cumplimiento a la formalidad contenida en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrense comisión y expídase copias certificadas de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1° de la Ley de Sellos.-

EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

---En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/nr
EXP. N°14166









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-

Los Teques, 15 de Julio de 2004

194° y l45°
OFICIO N° 0855-

CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA MEROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio, despacho y copia certificada del Cartel de Citación librado a la ciudadana SOLANGE ECHENAGUCIA, en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue por ante este Tribunal el ciudadano JOSE VICENTE RAUSEO BAYOLA, a los fines de que el Secretario de ese Despacho se sirva fijar en la morada, oficina o negocio de la demandada ciudadana SOLANGE ECHENAGUCIA, situado en el bloque 22, Edificio N° 1, Apartamento N° 56, Sector UD2, Ruiz Pineda, Municipio Libertador, Distrito Capital, la copia certificada del Cartel de Citación que se anexa al presente oficio, para así dar cumplimiento a la formalidad contenida en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Se anexa la copia certificada del Cartel.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele devolver original con sus resultas.

EL JUEZ,



DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/nr
EXP. N°. 14166




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA MEROPOLITANA DE CARACAS.

HACE SABER:
Que en el Juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue ante este Tribunal JOSE VICENTE RAUSEO BAYOLA contra SOLANGEL ECHENAGUCIA, que se sustancia en el Expediente No.14166, Ud., ha sido suficientemente comisionado, a los fines de que el Secretario de ese Despacho se sirva fijar en la morada, oficina o negocio del demandado, copia certificada del Cartel de Citación y a tal efecto se le remite.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio ODALIS GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.106.
Que la parte demandada no tiene aun apoderados judiciales, debidamente constituidos.-
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los quince (15) días del mes de julio de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-





EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA





VJGJ/nr
Exp. Nº.14166






















































El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 14166, contentivo del juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por JOSE VICENTE RAUSEO BAYOLA contra SOLANGEL ECHENAGUCIA. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, quince (15) de julio de dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA