REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecinueve (19) de julio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°

Vistos los escritos de PROMOCION DE PRUEBAS presentados por las partes en el presente procedimiento y agregadas a los autos en fechas 08 de julio de 2004 y 14 de julio de 2004, el primero presentado por la abogada MARIA DEL CARMEN NUZZO SGAMBATO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.834, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora y por cuanto las pruebas contenidas en el, no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva y el segundo presentado por el abogado NAUDY SANCHEZ DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.841, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, y por cuanto las pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO
EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-