REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte (20) de julio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°

Visto el escrito que riela a los folios diecinueve (19) al veinticinco (25) del presente expediente, suscrito por el abogado NELSON MONTOYA, en su carácter de Apoderado Judicial de la ASOCIACION CIVIL DE LA COMUNIDAD DE COMUNEROS DE SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, mediante el cual solicitó:

“…Ciudadano Juez con el debido respeto le solicito, que cite a los ciudadanos integrantes de la junta, que conformo el hoy difunto Bello Orea, según el acta registrada bajo el N° 49, génesis de este proceso, y son los siguientes:
VICEPRESIDENTE: Sr. TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA, titular de la cedula de identidad N° 6.874.822;
SECRETARIO: Sr. EUSTACIO AURELIANO DELGADO CHAVEZ, titular de la cedula de identidad N° 3.587.887;
TESORERA: Sra RUTH DELGADO QUINTANA, titular de la cedula de identidad N° 4.348.580;
Domicilios que señalare posteriormente, a los efectos de su citación.
Solicitud que hago a los efectos, de que, le participen al tribunal lo siguiente:
1°) Si en realidad renunciaron formalmente, a los cargos, para los cuales fueron designados, según el acta registrada, bajo el N° 49.
2°) Si no han renunciado, que asuman la representación, de la junta que los nombro, para la consecución del presente proceso…”

Al respecto el Tribunal observa:

De la revisión de las actas procesales que conforman el presente procedimiento, muy especialmente del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Civil de la Comunidad de Comuneros de San Antonio de Los Altos, mediante la cual fue ratificada la Nueva Junta Directiva de la siguiente manera: JESUS GERARDO BELLO OREA (Presidente); TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA (Vice-Presidente); EUSTACIO QUINTA (Secretario) y RUTH DELGADO (Tesorera), mediante la cual se le otorgaron a los mismos las siguientes facultades:
PRESIDENTE: (ARTICULO DECIMO NOVENO): Son atribuciones del Presidente de la Junta representar judicial y extrajudicialmente a la Comunidad y firmar por ella y obligarla; Prescindir las reuniones de la Junta, ejecutar las decisiones de la Junta, otorgar poderes de cualquier índole para representación de la Comunidad en juicio o fuera de él, celebrar contratos y convenios de cualquier índole, otorgar toda clase de documentos públicos o privados, aprobar el nombramiento del personal necesario para la ejecución de sus fines y fijarles su remuneración controlar conjuntamente con el vice-presidente la contabilidad de la Comunidad; abrir y cerrar conjuntamente con el Vice-presidente cuentas bancarias que estimen convenientes y en general toda clase de actos que juzgue conveniente para la buena marcha de la Junta, ya las facultades conferidas son simplemente enunciativas y no limitativas.
(ARTICULO VIGESIMO).- El Presidente esta facultado para realizar actos de suposición sobre los bienes de la Comunidad, para lo cual requerirá la previa autorización por escrito de Setenta y Cinco por ciento (65%) de los miembros de la Junta.
VICE-PRESIDENTE (ARTICULO VIGESIMO PRIMERO). El Vice-Presidente asumirá la representación de la Comunidad por falta del Presidente y su suplente; esta facultado para controlar la contabilidad con el Presidente, estar vigilante para que se cumpla todo lo acordado en las Asambleas y cualquier otra que le asigne la Junta.
SECRETARIO: (ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO): Son atribuciones del Secretario llevar el libro de Actas y firmar cada una de ellas conjuntamente con el Presidente, la gestión diaria de la Comunidad; cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Junta y de su Presidente; elaborar el proyecto de Presupuesto anual y someterlo a la aprobación de la Junta; llevar un archivo de las comunicaciones y demás documentos recibidos o emitidos por la Junta; las demás que le encomiende la Junta.
TESORERO (ARTICULO VIGESIMO TERCERO): Son atribuciones del Tesorero llevar los libros de bancos y los ingresos y egresos, cualquier otra que le asigne la Junta en las asambleas.-

Por todo lo antes expuesto este Tribunal a los fines de proveer sobre lo peticionado, se pronuncia de la siguiente manera:

PRIMERO: De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente procedimiento, se evidencia, que no consta de autos prueba alguna mediante la cual se deje constancia que el ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA, en su carácter de VICE-PRESDIENTE de la Asociación Civil de la Comunidad de Comuneros de San Antonio de Los Altos, haya renunciado a su cargo; SEGUNDO: Que de los estatutos insertos a los autos se observa que el VICE-PRESIDENTE, posee la facultad de representar al Presidente; TERCERO: En virtud de que el ciudadano JESUS GERARDO BELLO OREA, en su condición de PRESIDENTE de la referida Asociación, falleció tal y como se observa del acta de defunción inserta al folio dieciocho (18) del expediente, motivo por el cual se ordena la notificación del Vice-Presidente, ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA. Así se establece.
En consecuencia, este Tribunal fija el Tercer (3°) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la notificación del ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 6.874.822, en su carácter de Vice-Presidente de la Asociación Civil de la Comunidad de Comuneros de San Antonio de Los Altos, a los fines de la prosecución de la presente causa.-. Líbrese boleta de notificación y déjese constancia de lo actuado.- CUMPLASE.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-


EL SECRETARIO


EXP N° 11498
VJGJ/Jenny.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PIRMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques.-
Los Teques, 20 de julio de 2004.
194° y 145°
BOLETA DE NOITFICACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 6.874.822, en su carácter de Vice-Presidente de la Asociación de Comuneros de la Comunidad de San Antonio de Los Altos, que este Tribunal por auto de esta misma fecha, ordenó su notificación a fin de que comparezca por ante este Tribunal el Tercer (3°) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, a los fines de la prosecución del juicio que por NULIDAD sigue por ante este Tribunal la ASOCIACION CIVIL DE LA COMUNIDAD DE COMUNEROS DE SAN ANTONIO DE LOS ALTOS contra el ciudadano JESUS GERARDO BELLO OREA, en el Expediente signado bajo el N° 11498 (Nomenclatura de este Tribunal).-
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
NOTIFICADO…………………………
C.I N°………………………………….
FECHA Y HOR……………………….
LUGAR:……………………………….
EXP N° 11498
VJGJ/Jenny.-