REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 22 de julio de dos mil cuatro.

194º y 145º

Recibida la anterior demanda, mediante el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal; désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el No.14606. En consecuencia, por cuanto de la revisión del libelo de la demanda se observa que en la misma no se señalan los fundamentos de derecho en que basa la pretensión la parte actora, tal como lo dispone el ordinal 5º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, así como la estimación de la demanda, a los fines de determinar la competencia de este Tribunal, en virtud de ello se abstiene de pronunciarse sobre la admisibilidad o no de dicha demanda, hasta tanto sea subsanada la demanda.
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/rosa*
Exp.Nº14606