REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCVUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de julio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Por recibido expediente N° 99-9695 proveniente del Archivo Judicial, constante de dieciséis (16) folios útiles, el Tribunal ordena su ingreso al archivo y le da cuenta al Juez y vista la solicitud de copias certificadas presentada por el ciudadano OMAR ANTONIO BAUTE, en su carácter de parte solicitante, cursante al folio quince (15) del expediente y por cuanto fueron consignados los respectivos fotostatos, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, para lo cual se autoriza al Abg. RICHARS MATA, Secretario Titular de este Despacho para tal fin, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de sellos.- EXPIDANSE COPIAS CERTIFICADAS. CUMPLASE
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
EL SECRETARIO
VJGJ/Jenny.-
EXP Nº 99-9695
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de sus originales que corren insertos en el expediente signado con el No. 99-9695 contentivo del juicio que por 185-A interpusieron los ciudadanos MARIA A. BAPTISTA MORON y OMAR A. BAUTE.- Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los veintidós (22) días del mes de julio de dos mil cuatro (2004).- Años: 194º y 145º.-
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA