REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 26 de julio de dos mil cuatro.
194º y 145º
Por cuanto han sido consignados los fotostatos respectivos, se ordena librar la compulsa de citación correspondiente.- CUMPLASE
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp.Nº14581
El suscrito secretario del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CERTIFICA QUE: los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exactos de sus originales, los cuales corren insertos al expediente signado con el Nº.14581, contentivo del juicio de RENDICIÓN DE CUENTAS, interpuesto por ULISES RAFAEL MELENDEZ contra la ciudadana: ANA GIOCONDA DE ROJAS, los cuales fueron autorizados por el juez de este Tribunal mediante auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente y articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, 26 de julio de dos mil cuatro.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 26 de julio de dos mil cuatro.
194º y 145º
SE HACE SABER:
A la ciudadana: ANA GIOCONDA DE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº5.891.642, demandada en el juicio de RENDICIÓN DE CUENTAS, interpuesto por el ciudadano: ULISES RAFAEL MELENDEZ, el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº14581, que debe comparecer por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la intimación y a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del Tribunal para el despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. hasta la 1:30 p.m., a fin de
que rinda cuentas de su administración o formule oposición y no habiendo esto se tendrá por cierta la obligación de rendirlas conforme a lo previsto en el artículo 677 eiusdem y en caso de formular oposición se entenderán citadas las partes para la contestación a la demanda, la cual tendrá lugar dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes al vencimiento del lapso anteriormente señalado.
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/rosa*
Exp.Nº14438