REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintisiete (27) de julio de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Por cuanto de la revisión de los autos se evidenció que a los folios (187 al 193) el presente cuaderno de medidas cursaban diligencias y escrito presentados por las partes, y auto del Tribunal de fechas 05/11/2002 y 07/10/2003 y 13/10/2003, y por cuanto de su lectura se evidencia que los mismos no corresponden al cuaderno de medidas sino al cuaderno principal; el Tribunal a los fines de ordenar el procedimiento acuerda de inmediato su desglose, a objeto de incorporar dichas actuaciones a la segunda pieza del cuaderno principal en el correcto orden cronológico que le corresponde. Corríjase la foliatura de conformidad con lo previsto en el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
13.124
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintisiete (27) de julio de dos mil cuatro (2004). -
194° y 145°
Conforme a lo ordenado por el Tribunal en el auto dictado en esta misma fecha, e inserto en el cuaderno de medidas del presente expediente; se ordena agregar a los autos de esta segunda pieza y en el correcto orden cronológico que le corresponde, los recaudos desglosados que corrían insertos por error a los folios (187 al 193) del cuaderno de medidas. Corríjase la foliatura de conformidad con lo previsto en el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
13.124