REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de julio del año dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Consignados como han sido los fotostatos, certifíquense los mismos y líbrese la boleta respectiva, acordada en auto de fecha 08 de junio de 2004.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.


VJGJ/Damelis
Exp Nº 14511
















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 08 de julio de 2004
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la Dra. NELIDA VILLORIA MONTENEGRO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que en el Expediente signado con el Nº 14511, contentivo del Juicio que por Separación de Cuerpos siguen ante este Tribunal los ciudadanos: KATUSHKA DEL CARMEN DE MEDINA ROBLES SALAZAR Y MATHIUZ ANTONIO RAMÍREZ HERRERA, se ha ordenado notificarle para que actúe en el procedimiento como parte de buena fe y exponga lo que crea pertinente. A tal fin se le anexa copia certificada del escrito de solicitud y del auto de admisión.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificada por el Alguacil del Tribunal.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
NOTIFICADA,
......................................
FECHA:.........................
LUGAR:.........................
HORA:..........................
VJGJ/Damelis
Exp. Nº 14511
Anexo: lo indicado





El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente Nº 14511, contentivo de la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS seguido por los ciudadanos: KATUSHKA DEL CARMEN DE MEDINA ROBLES SALAZAR Y MATHIUZ ANTONIO RAMÍREZ HERRERA. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, seis (06) de julio del año dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA