REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-Los Teques, siete (07) de julio de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada NELIDA VILLORIA MONTENEGRO, en su carácter de FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, mediante la cual solicita se fije por auto expreso la oportunidad para que comience a transcurrir el lapso para que se verifique la celebración del primer acto conciliatorio, al respecto el Tribunal observa: Notificadas como se encuentran las partes en el presente procedimiento de la solicitud de reposición planteada por el representante del Ministerio Público, se acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia se deja expresa constancia, de que a partir del día de hoy exclusive, quedan emplazadas las partes para el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, a la hora y con los requisitos exigidos en el auto de admisión dictado en fecha 25 de septiembre de 2002.
EL JUEZ

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA


VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13050