REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de julio de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Vista la diligencia que riela al folio veinte (20) del presente expediente, suscrita por la abogada OLGA FUENTES F., en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual en la parte infine de la misma solicita a este Tribunal certifique el estado en que se encuentra el expediente, el Tribunal al respecto observa: El estado actual del presente expediente deriva de las actuaciones realizadas por las partes en el mismo; las cuales deberían tener pleno conocimiento de las actuaciones realizadas por ellas durante el juicio; aunado a ello, no existe norma alguna que establezca la obligación del Tribunal de certificar el estado actual del proceso tal como lo solicita la representación judicial de la parte demandada, por cuanto las partes deberían tener pleno conocimiento de las ultimas actuaciones practicadas y los lapsos transcurridos en él, en virtud de que estas son las interesadas y así se deja establecido. En consecuencia este Tribunal NIEGA el petitorio formulado por la citada profesional del derecho por carecer de fundamento jurídico y así se decide.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
EXP N° 11458
VJGJ/Jenny.-