REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de julio de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado ORLANDO LAGOS V., en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita al Tribunal se instruya lo conducente para que sean habilitadas las horas nocturnas de la 6 de la tarde hasta las 12 de la noche, ambas hora inclusive, a los fines de que el Alguacil practique la citación de la parte codemandada, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia se habilitan las horas comprendidas entre las 6 de la tarde hasta las 12 de la noche, a los fines de que el Alguacil de este Tribunal pueda practicar la citación de la parte demandada.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

EXP N° 14304
VJGJ/Jenny.-