REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.


Exp. Laboral N° 282/01

PARTE ACTORA: JORGE ENRIQUE ORTIZ CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Avenida Ayacucho, Casa N° 170, Santa Teresa del Tuy y titular de la cédula de identidad N° V-13.472.059.-

ABOGADOS ASISTENTES PARTE ACTORA: Dr. JESUS M., AVENDAÑO, MARISELA FLAMES DE MARIN y XIOMARA CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo Nros 27.546; 41.626 y 43.017 respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: QUIMICAS MISTOLIN C.A., domiciliada en Carretera Santa Teresa, Kilómetro 1, Zona Industrial Santa Epifania, Jurisdicción del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda. Debidamente representada por los Ciudadanos VICENTE TRIGO PERNAS (Propietario) e ISMENIA SURMA DIAZ FERNANDEZ (Jefe Departamento de Personal y JENNY RODRIGUEZ (Asistente de Recursos Humanos).-

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.-

La Demanda fue recibida en fecha 19-02-2001 y realizada la anterior revisión el Tribunal al respecto observa:

Desde el día 30-07-2001 hasta la presente fecha han transcurrido más de Dos año, once meses y veinte días, sin que las partes continúen el proceso legal, lo cual le hace aplicables el artículo 267 del Código de Procedimiento civil, norma esta que expresa:






Lo cual lo hace aplicable la Perención de Instancia y siendo la misma pronunciable aun de oficio por el Juez como esta establecido en nuestro ordenamiento jurídico, es procedente declararla y así lo hace en efecto este Tribunal.

Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION Y EXTINGUIDO EL PROCESO DE LA PRESENTE CAUSA y ordena la remisión del mismo al Archivo Judicial con sede en Ocumare del Tuy, para su cuido y archivo.-

Publíquese y Regístrese.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los Veinte (20) días del mes de Julio del 2004.-AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-


EL JUEZ,


Dr. GILBERTO JOSE MARTÍNEZ ALFONZO.


LA SECRETARIA,


Abg. LORENA RON.