REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: CON LUGAR la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensora del imputado HERRERA PEREZ JOSE LUIS, titular de la cédula de identidad N° 15.913.638. SEGUNDO: Acepta al ciudadano NERY BELTRAN QUIJADA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.679.313 como fiador del imputado de autos y el segundo de los mencionados fiadores se sustituye por la contenida en el ordinal 2° del referido artículo, la cual consiste en someterse al cuidado o vigilancia de una persona, la cual informará regularmente al Tribunal. Asimismo, se mantiene vigente la medida cautelar impuesta al imputado, prevista en el ordinal 3° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales son presentaciones cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y sede hasta tanto el Ministerio Público presente su acto conclusivo y prohibición de comunicarse con la víctima.
Notifíquense a las partes, líbrese boleta de traslado, regístrese, publíquese, déjese copia.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria,


HILDA OROPEZA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria


HILDA OROPEZA
Causa N° 2C33885/04
RAO/HO/angela.-