REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensora del imputado CONTRERAS HERNANDEZ VICTOR MANUEL, titular de la cédula de identidad N° 15.671.276 y se MANTIENE la medida cautelar sustitutiva impuesta, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquense a las partes, líbrese boleta de traslado, regístrese, publíquese, déjese copia.
La Juez
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria,
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
Causa N° 2C-32160-04
RAO/HO/angela.-