REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara el Desistimiento Tácito de la solicitud interpuesta en fecha 11/07/2000, por el ciudadano Ricardo Zenón Coromoto Hernández León, identificado con Cédula de Identidad N° V-4.431.779, representado por el profesional del derecho Arquimides Tapia Lozada, en relación a la entrega del vehículo clase: camión, tipo: Chuto, modelo: DM685SX, placa 853-KBD, color:azul, año: 1970, serial de carrocería DM685SX4322; por aplicación analógica del contenido del tercero, cuarto y quinto aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Se declara Temeraria la actuación del solicitante.-
Notifíquese a las partes, de la presente decisión, conforme al único aparte del Artículo 175 del texto adjetivo penal. Publíquese en cartelera boleta de notificación del solicitante, de conformidad a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 181 ejusdem.-
Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal, a la Oficina de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal.-
Regístrese, Publíquese, déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Causa No. 3CS-097-00
RER/rer