REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud de fecha 22/06/2004, relativa a la entrega del vehículo marca: Hyundai; Modelo: Accen GLS, placas: AC487T, uso: Transporte público, color: Blanco, serial de carrocería: 8X1VF31NP2Y500219, serial de motor: G4EK1061115, año: 2002, clase: automóvil, tipo: sedan; formulada por el ciudadano Nelson Enrique Bessones Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-1.756.394, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Tránsito Terrestre, en concordancia con el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio a los fines de materializar la entrega en cuestión-
Segundo: Improcedente la Solicitud de los ciudadanos Richard Camejo y Edgar Navas de que se le entregue un vehículo, marca: Hyundai; Modelo: Accen GLS, placas: AC487T, uso: Transporte público, color: Blanco, serial de carrocería: 8X1VF31NP2Y500219, serial de motor: G4EK1061115, año: 2002, clase: automóvil, tipo: sedan, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Tránsito Terrestre, en concordancia con el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Quedaron notificadas las partes conforme al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.