REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA PRIMERO: MODIFICAR la medida sustitutiva a la privación de libertad dictada por este Despacho en fecha 12 de junio de 2.004, en contra del adolescente ________________, ampliamente identificado en autos, prevista en el literal “ g” del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente sólo en cuanto a uno de los requisitos, específicamente el relacionado con el sueldo que deben devengar los fiadores, a la cantidad de quince (15) unidades, se ratifica la demás medidas cautelares impuestas por este Tribunal en la mencionada fecha. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. PROVÉASE LO CONDUCENTE.
LA JUEZ DE CONTROL
KENIA DEL CARMEN YANEZ
EL SECRETARIO
ELIAS SILVERIO ALEJOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.
EL SECRETARIO
ELIAS SILVERIO ALEJOS
Expediente Nro. 1C-098-2004
KdelCY/yo*