REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Por tales consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud imposición de medida cautelar realizada por la Vindicta Pública en contra del adolescente ___________ ampliamente identificado al comienzo de este acto, y les impone las previstas en el artículo 582 literales b, c, d y f ” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera la obligación de someterse a las orientaciones que le serán impartidas en el Servicio de Libertad Asistida del S.E.P.I.N.A.MI., la segunda en la obligación de cumplir presentaciones cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, las cuales comenzarán a cumplirse el día miércoles 28 de julio de 2004 y la tercera prohibición de ausentarse fuera de la jurisdicción del Tribunal, sin la autorización expresa de este Despacho y la cuarta prohibición de sostener por cualquier medio en forma directa o indirecta comunicación con la adolescente Aixa Rodríguez, todas las medidas hasta tanto culmine la investigación judicialmente. SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar lo solicitado por la Defensa en beneficio de su defendida, en virtud que se le impuso medidas adicionales a la por ella solicitada. TERCERO: Librese oficio al Servicio de Libertad Asistida del S.E.P.I.N.A.MI, a los fines de notificarle sobre la presente decisión. CUARTO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que continúe con las investigaciones por el procedimiento ordinario. QUINTO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que continúe con las investigaciones por el procedimiento ordinario. SEXTO: Quedan notificadas las partes del presente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ
KENIA DEL CARMEN YÁNEZ
EL SECRETARIO
ELÍAS SILVERIO ALEJOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.
EL SECRETARIO
ELÍAS SILVERIO ALEJOS
EXP. NRO. 1C-127-2004
KdelCY/ESA/esa.-