REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Visto el contenido del presente expediente, este Tribunal procede a Ejecutar la Sentencia dictada en contra del adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACION en fecha 08-056-2004, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, Sección Adolescente procediéndose a la Ejecución de la sentencia, en virtud de haber sido encontrado responsable en la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS AGRAVADOS, y SANCIONADO a cumplir con las medidas sancionatorias, dispuestas en los literales “d” del artículo 620 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 626 ejusdem, relativas a la Imposición de la medida sancionatoria de LIBERTAD ASISTIDA, la cual deberá cumplirla por ante el Servicio Estadal de protección Integral a la Niñez y adolescencia del Estado Miranda, con sede en Los Teques, bajo la supervisión de psicólogos, Psiquiatras, trabajador Social integrantes de un Equipo Multidisciplinario, por el lapso de dos (2) años, cuyo control de cumplimiento de dichas medidas estará a cargo de este Tribunal de Ejecución, y el cómputo definitivo se realizará una vez recibido la información del servicio de Libertad Asistida del SEPIMANI, del cumplimiento de la medida y la consignación de documentos respectiva. Así mismo se le informa al adolescente que el Tribunal podrá revisar o modificar o sustituirlas por otras, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Seguidamente el adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, “Me doy por notificado de la ejecución de la sentencia y de las medidas sancionatorias de Libertad asistida impuestas y en el deber de cumplir con las medidas por ante el SEPINAMI”. Seguidamente el Tribunal Acuerda, librar los correspondientes oficios al SEPINAMI, Servicio de Libertad Asistida. Es Todo Término. Se Leyó y conformes firman, siendo las 1:30pm..
EL JUEZ
DR. JUAN PABLO BORREGALES DELGADO
El Adolescente
PROHIBIDA SU IDENTIFICACION
LA DEFENSORA
DRA. YARUMA MARTINEZ
LA REPRESENTANTE
LA SECRETARIA
VIANNEY BONILLA
1E-231-04