REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

NRO. DE EXPEDIENTE 1E-301-04
TITULO DE LA DECISIÓN COMPUTO
FECHA DE PUBLICACIÓN 28-07-2004
PROCEDIMIENTO
DELITO 464 Lesiones Culposas Graves
PARTES JUEZ: JUAN PABLO BORREGALEZ DELGADO
FISCAL: XV DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: SE OMITE IDENTIFICACION
DEFENSA: DEFENSOR PUBLICO

RESUMEN DE LA DISPOSITIVA


Debidamente impuesto como ha quedado el adolescente Prohibida su Identificación, y debidamente asistido para ese acto por la Defensora Pública Especializada Dra. YARUMA MARTINEZ, en fecha 01-07-04 cumplimiento de la medida sancionatoria de REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 07-06-2004, por haber sido encontrado responsable del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, y en virtud del recibido del oficio No. 315-04 del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Guaicaipuro Estado Miranda, este Tribunal, observa:
Que el joven adolescente Prohibida su Identificación, inició el cumplimiento de la medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD, a partir del 24-05-2004, hasta el día de hoy, han transcurrido CUATRO (4) DIAS Y DOS (2) MESES, y sentenciado como fue a cumplir la medida de de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por un lapso de tiempo de CUATRO (4) MESES, se observa que le falta por cumplir del tiempo de UN (1) MES y VEINTISEIS (26) DIAS, medida que culminará el día 24-09-2004, falta, por realizar el computo de la medida de Reglas de Conducta Impuesta, cuando se reciba la correspondiente constancia de estudios.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas al sancionado, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrese Boleta de Citación Al adolescente para el día 04-08-2004, a las 09:00 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público. Cúmplase.
El Juez.

JUAN PABLO BORREGALES DELGADO