REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL


EXP. 2C_22.504/04


EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: 5° DRA. MARIAELISA RAMOS
IMPUTADO: SIFONTES NAVAS BELKIS DEL VALLE.
DEFENSA PÚBLICA: DRA XIOMARA JIMENEZ
SECRETARIA: ABG. ALEJANDRA BONALDE.

En el día de hoy 26 de Julio el 2.004 siendo las 1:05PM.,-, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente el Juez del Tribunal de Control N° 02, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA la Secretaria ABG. ALEJANDRA BONALDE el Fiscal 5TA. Del Ministerio Público del Estado Miranda, DRA. MARIAELISA RAMOS, la Defensa Pública Dra. XIOMARA JIMENEZ el investigado(s) SIFONTES NAVAS BELKIS DEL VALLE. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y los cuales se dan por reproducidos en todas y cada una de sus partes y solicitó la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y la Medida Cautelar Sustitutiva, de Conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 6°, del texto adjetivo, a juicio del tribunal para el imputado antes mencionado, todo lo cual fundamento en su exposición y precalificó los hechos como LESIONES PERSONALES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal , solicitando igualmente se tome declaración a la victima quien se encuentra presente en el acto“. Seguidamente le fue tomada declaración a la ciudadana: MARISOL DEL CARMEN RIVAS TUVIÑO, titular de la Cédula de identidad N° 9.763.911, en su calidad de VICTIMA, quien entre otras cosas expuso: “Esa señora es un problema en la comunidad y se corre el peligro de que pueda seguir agrediendo a los vecinos hasta con un arma contundente. El problema fue el sábado como horas de la tarde mi esposo compro un cable y lo instalo del poste, ella se adueño de un listón y se quejo porque no podíamos tomar la luz de ese poste, mi esposo para evitar problemas fue a retirar el cable aún cuando no nos estábamos pegando de la luz de ella, ni de su cable, en eso se torno agresiva y me ataco. Es todo“A continuación. La Juez impuso al investigado de la imputación Fiscal y del contenido del artículo 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido de los artículos 130 y 131 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. A continuación queda identificado el imputado de la manera siguiente: SIFONTES NAVAS BELKIS DEL VALLE de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Soltera, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.068.227, de profesión u oficio Obrera de 26 años, Fecha de Nacimiento: 08-10-77 residenciada en el Sector Tanque II, Terrazas de las Clavellinas, Guarenas, Estado Miranda. Quién expone: “yo, estaba en la calle haciendo lagunas diligencias, cuando llegue a mi casa, mi tía me dice que Oscar paso el cable de él por el poste de la casa, nosotros no nos la llevamos bien, eso a raíz de que el esposo de la señora fue vice-presidente de la junta de vecinos y esa junta estaba cometiendo cosas malas que no nos convenía a ningún vecino; nosotros los sacamos a ello de la junta a raíz de eso se han suscitado problemas, el día sábado fui parar su casa y les toque la puerta, salio el señor y le dije que lo que hizo fue un abuso, él debió preguntarme primero, él me dijo que iba a dejar el cable allí, yo le dije que iba a quitarle el cable, fui a buscar una escalera y cuando llegue al listón a poner la escalera, él llego y me la tumbo, yo tenia un alicate en la mano porque iba a cortar el cable, la señora me cayo encima, salio la hija de ellos, empezó a llegar la gente, se amontono mucha gente, yo lo que hice fue tirar el alicate pero sin ver hacia donde lo había tirado, yo solté el alicate pero no vi a donde cayo. Es todo “. Seguidamente la Defensa Dra. XIOMARA JIMENEZ expone: “Solicito que le sea decretada la libertad sin restricciones a su defendido por no existir elementos suficientes de convicción en su contra, alegando el artículo 61 del Código penal y en caso contrario la aplicación una medida cautelar sustitutiva de las contenidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 6°. Es todo “. A continuación, éste Tribunal Segundo de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:

1.- Decreta que el presente procedimiento se siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes.

2.- Decreta para la imputada SIFONTES NAVAS BELKIS DEL VALLE la medida cautelar sustitutiva contenida en el Ordinal 3°, 6° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal debiendo presentar dos Fiadores que acrediten capacidad económica equivalente a TREINTA (30) unidades tributarias entre ambos. Prohibición de acercarse a la victima y a su familia. Una vez cumplida la Fianza queda bajo un régimen de presentaciones cada 30 días por ante la sede de este Circuito Judicial Penal. Es todo, se terminó, Se Leyó y conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 1:30 horas de la tarde.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DR. ITALA DUARTE ORTEGA

LA FISCAL 5TA DEL M.P

EL IMPUTADO,


LA DEFENSORA PÚBLICA


LA SECRETARIA,


LA VICTIMA



ACT N° 2C22504-04