REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, veintitrés de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : MP21-P-2004-001536


ACTA DE AUDIENCIA ORAL


JUEZ: CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES

FISCAL: JOSE ANTONIO MENESES

IMPUTADO: MAIQUI JESUS MAITA MEJIAS

DEFENSA: MIREYA LOZADA

VICTIMA: JOSE ANTONIO MANIA SALCEDO

SECRETARIO(A): ABG.YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ


En el día de hoy, 23 de Julio de 2004, siendo las 12:30 M hora fijada para que tenga lugar Audiencia Oral dada por este Tribunal Primero de Control, en el caso que se sigue contra el investigado MAIQUI JESUS MAITA MEJIAS, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad. El Juez CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES, dio inicio a la misma requiriendo del (a) secretario (a) la verificación de la presencia de las partes y le informó que se encuentran presentes todas las partes. Seguidamente cedió la palabra al Fiscal quien narró los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado (os) ante el Tribunal y por cuanto se observa en las actuaciones que el delito investigado es el previsto y sancionado en el articulo 184 del Código Penal referido a la violación de domicilio, el cual prevé que el enjuiciamiento se hará a Instancia de parte Agraviada es por lo que solicito de este Tribunal la Libertad
plena del ciudadano Maiki Jesus Maita, por no see competente esta Fiscalia para solicitar el enjuiciaminento del mismo, todo lo cual fundamentó en su exposición verbal y en las actas que previamente consignó. Culminada la exposición del Ministerio Fiscal, el Jueza le leyó al imputado sus derechos procesales, y asimismo le impuso de la imputación fiscal y del Precepto Constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal penal. El imputado manifestó su deseo de No Declarar. Seguidamente la Jueza cedió la palabra a la Defensa, representada por e la Dra. Mireya Lozada quien narro brevemente sus alegatos solicitando: la Libertad plena de su Defendido.Todo lo cual fundamentó en su exposición verbal. Oídas las partes, el jueza anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal considera procedente Decretar la Libertad plena e Inmedita del ciudadano MAIKI JESUS MAITA MEJIAS, se observa en las actuaciones que el delito investigado es el previsto y sancionado en el articulo 184 del Código Penal referido a la violación de domicilio, el cual prevé que el enjuiciamiento se hará a Instancia de parte Agraviada. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda La Libertad plena e inmediata del ciudadano MAIKI JESUS MAITA. Librese la corresponddiente Boleta de Excarcelación. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.

El Juez


CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES

EL FISCAL



LA DEFENSA




EL IMPUTADO




LA SECRETARIA

ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ