REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano ALFREDO ACROBATI HERNANDEZ, de Nacionalidad , residenciado en el sector Las PArcelas, de Dos Lagunas, Bachaquero, calle Las Brisas, casa nro. 35 del Municipio Independencia, Estado Miranda, nacido en fecha 14-05-81, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro.V-15.475.917 ,de Padres: Emlia Hernandez (f) y Luigi Acrobati (f) , la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal; como es la presentación cada quince (15) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses y la presentación de Dos (02) a Cuatro (04) Fiadores que en su conjunto acredite la condición económica de Treinta (30) Unidades Tributarias, por la presunta comisión del delito Robo Propio previsto y sancionado en el articulo 457 del Código Penal. Librese el correspondiente oficio. Quedan notificadas las partes .Se declara cerrada la audiencia.
La Juez


ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO

EL FISCAL

LA DEFENSORA

EL IMPUTADO

LA SECRETARIA

ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ