REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano JOEL JOSE REYES, de Nacionalidad Venezolana, residenciado Urbanización Cristobal rojas, calle la Redoma, casa sin nro, Cua, Estado Miranda, nacido en fecha 30-06-55, de profesión u oficio herrero, de Estado Civil soltero Y titular de la cédula de identidad Nro. 4.286.882,de Padres: eugenia Reyes (v) y padre desconocido, la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal; como es la presentación cada quince (15) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha y la prohibición de comunicarse con la victima la ciudadana GARCIA MAIRE, por la presunta comisión del delito de Lesiones personales previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal. Librese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.
La Juez
ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ