REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano ADRIAN JOSE BRITO GONZALEZ, de nacionalidad Venezolano, de 34 años de edad, natural de Caracas, nacido en fecha 17-7-1969, de estado civil casado, de oficio obrero, residenciada en Zona 2, Las Brisas de Charallave, La vereda Tropical, casa sin número hijo de Adrian Brito y Lilia Gonzalez y titular de la cédula de identidad Nro. 10.483.502 Consistente en los ordinal 3° consistente en presentaciones cada Quince (15) días por Seis (6) meses todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Excarcelación.