REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano ELVIS ANDRES RAMOS, de nacionalidad Venezolano, de 18 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, nacido en fecha 13-3-1986, de estado civil Soltero, de oficio Estudiante, residenciada en Ciudad Lozada, sector 3, calle 7, casa Nro. 7 hijo de Edwin Ramos y Gleydis Marcia y titular de la cédula de identidad Nro. 18.390.984. Consistente en los ordinales 3° presentaciones cada Quince (15) días por Seis (69 meses todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Excarcelación.