REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, once (11) de junio de dos mil tres (2004).
193º y 144º
Vistas la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado JORGE HUMBERTO FERNÁNDEZ DÁVILA, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 49.749, que por asuntos de herencia presentaron los ciudadanos ANGELO ANDREA VALSANIA NEXANS, ALESSANDRO VALSANIA NEXANS y PIERO VALSANIA NEXANS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de la cédulas de identidad números V-12.159.125, V-10.280.573 y V-10.280.331, respectivamente. Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos TERESA DE JESÚS NEXANS DE VALSANIA y PIERO ANTONIO VALSANIA MENSO (fallecidos en fechas 17 de julio de 2003 y 24 de abril de 2004, respectivamente), a favor de los mencionados ANGELO ANDREA VALSANIA NEXANS, ALESSANDRO VALSANIA NEXANS y PIERO VALSANIA NEXANS, antes identificados, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los interesados, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
HJAS/jcrv
Exp. No. 40.091
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
ICBC/jcrv
Exp. No. 40.091