REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; diecisiete (17) de junio de dos mil cuatro (2.004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos FELIPE RAMON GONZALEZ ESCALONA, CARMEN FRANCISCA GONZALEZ ESCALONA, JOSEFINA GONZALEZ ESCALONA, DOMITILA GONZALEZ ESCALONA, LUISA TERESA GONZALEZ ESCALONA, y PEDRO ANTONIO GONZALEZ ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.138.354, V-1.992.374, V-1.992.959, V-3.164.955, V-3.164.970 y V-3.483.902 respectivamente de los de-cujus: FRANCISCO RAFAEL GONZALEZ TORO y de CARMEN LUCIANA ESCALONA DE GONZALEZ, los cuales fallecieron el 13 de Abril de 1984 y el 22 de Diciembre de 1997 respectivamente, en la ciudad de Guatire, Municipio Autónomo Zamora, Estado Miranda. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado en ejercicio JACINTO J. CHURION BALO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.966. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,

HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


HJAS/icbc/yd.
Exp. N° 40.116