REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 21 de junio de 2004.
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos FLORENCIA GONZALEZ DE CRESPO y JUAN DE LA CRUZ CRESPO, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.588.438 y V-604.311 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, sobre un lote de terreno de su Propiedad, ubicado en el lugar denominado Santa Eulalia de la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la Abogada ISABEL T. ORELLAN U., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 101.647. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
EXP. NRO. 40.147
HJAS/ICBC/yd.