REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiuno (21) de junio de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARITZA GONZALEZ MENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número V- 6.876.788, sobre las mejoras y bienhechurías ubicadas en una parcela de terreno de propiedad Municipal, ubicada en la siguiente dirección: COMUNIDAD SANTA EDUVIGIS. TERRAZA N° 05, CASA N° 36, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO CARRIZAL DEL ESTADO MIRANDA. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por el abogado JUAN GONZALEZ LABRADOR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 76.160. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
HJAS/Jacqueline.
Exp. No. 04-40.165.