REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de junio de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Visto el anterior escrito presentado por el abogado LUIS AUGUSTO RINCÓN CANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 5.472, mediante el cual estima e intima Costas y Honorarios Profesionales, por las actuaciones practicadas en el presente juicio, y solicita se le intimen los mismos al ciudadano FRANCISCO AURELIO GONCALVES DE ABREU; éste Tribunal admite el escrito cuanto ha lugar en derecho y ordena librar boleta de intimación, al ciudadano FRANCISCO AURELIO GONCALVES DE ABREU mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N°. 10.275.365, suficientemente identificado en autos, con el objeto de notificarle que el Abogado arriba citado, estimo sus honorarios en la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 240.000.000,00); y deberán comparecer ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su intimación, en las horas comprendidas de las 08:30 a.m, a 01:30 p.m, destinadas para despachar, a fin de que conforme a la Ley de Abogados manifiesten su oposición a la estimación y/o ejerzan el derecho a retasa de conformidad con lo establecido en el articulo 22 de la Ley de Abogados. Líbrese Boleta y agréguesele copia certificada del escrito presentado y del presente auto. Cúmplase. En cuanto a la medida solicitada en fecha 18 de mayo de 2004, el tribunal proveerá por cuaderno separado.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En esta misma fecha faltan fotostatos para proveer.-
LA SECRETARIA,
HJAS/fapa.-
Expt. No. 19.148.